En segunda instancia el Tribunal Administrativo del Valle ratificó la sentencia proferida en enero del 2017 por la cual declara nulas las actas que establecen los límites de Vijes con los municipios de La Cumbre, Yumbo, Yotoco y Restrepo y devuelve espacio territorial a Vijes.
Este fallo responde a los recursos de apelación interpuestos por el municipio de La Cumbre, el departamento del Valle del Cauca y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, donde se confirma la sentencia No. 003 del 23 de enero de 2017 con la que se declaran nulas la actas de deslinde por las que se modificaban los límites de Vijes.
La actas a las que refiere la sentencia fueron firmadas entre 1966 y 1978 por representantes legales y personeros de los municipios implicados ante funcionarios del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Pero, de acuerdo con el artículo 187 de la Constitución Política de 1886 -vigente durante esos acuerdos- son las Asambleas Departamentales las competentes para la definición de los límites de los municipios, por tanto las actas están viciadas de nulidad por incompetencia.
Con la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle, grandes empresas como la cementera San Marcos, el relleno de Colomba, el peaje y la estación de servicio de Colomba, pasan a tributar y a pertenecer a la jurisdicción de Vijes.